Jueves de Excélsor,
domingo, 9 de junio de 2024
“No soy un Monstruo” dice a la SCJN: Juan Carlos Martínez Nava, Periodista
sábado, 14 de octubre de 2023
La Mexicana Lina Ponce Crea el Concurso de Nuevos Valores de la Música
La cantante Lina Ponce, fue elegida hace unos años por su extraordinaria voz, belleza y estilo, cantar ante celebridades de la NASA (la Agencia Espacial de los Estados Unidos), desde ese momento ella se hizo muy famosa mundialmente. Es orgullosamente mexicana, es una triunfadora del ambiente de la música que ha hecho carrera tanto en México como en los Estados Unidos.
Hoy su ideal es "ayudar a las nuevas generaciones del canto" en la que participen en el Concurso de Nuevos Valores de la Música, el cual creó para el 2024
Para participar en la competencia hacia la fama solo tiene que acudir al Casting para que prueben si tienen el talento necesario y quedan inscritos (as) ya sean solistas o grupos musicales, tríos. Los ganadores obtendrán el derecho de grabar profesionalmente y se le promocionara un tema además de un premio sorpresa.
Lina, es una artista internacional de alto nivel y buena condición de voz, reconocida por periodistas, Locutores, Youtubers y está vigente con sus ensayos y actividades propia de su ambiente musical.
La artista hace una atenta invitación a todos los nuevos valores que buscan una salida a la popularidad.
La final del concurso se efectuará en un teatro de la ciudad de México la cuál será anunciada más adelante por esta gran talentosa cantante mujer, que es muy querida por las generaciones de los más importantes periodistas del espectáculo, está catalogada como una figura de México para el mundo.
Un hecho sin precedente es que ya están a la venta boletos para la gran final del concurso, se puede solicitar al teléfono de la organización 4321145961 o en las redes sociales de Lina Ponce en Messenger.
viernes, 8 de septiembre de 2023
Clara Brugada Vinculada a Proceso Judicial por Desacato
Clara Brugada Vinculada a Proceso Judicial por Desacato
*** Como auténtica agente kakistocrática, se niega a dar cumplimiento a sentencia de diversos Trabajadores al Servicio del Estado ante tribunales; Diez años de calvario duró el juicio jurídico*** Ahora, el Congreso de la Ciudad de México debe promoverle un juicio político para dar efecto al mandatario judicial que obra en su contra, y removerla de su cargo como Alcaldesa en Iztapalapa
BLAS A. BUENDÍA *
La alcaldesa de Iztapalapa, Clara Marina Brugada Molina, enfrentará cargos por desacato y dilación de ejecución de sentencia en la que se decreta el reconocimiento de antigüedad, pagos de diversas prestaciones de ley de diversos trabajadores al Servicio del Estado.
La orden de vinculación a proceso fue requerida el 18 de mayo de 2023, debido al incumplimiento del día 6 de septiembre decretada por la licenciada Ana Luisa Trejo, de la Secretaria de Gobernación en su carácter de apoderada legal de Carlos Martínez, quien es uno de los trabajadores agraviados, dentro del expediente 175/2013 radicado en la Séptima Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de México.
El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje es un órgano colegiado que funciona en Pleno y Salas, designado por el Presidente de la República, para resolver los conflictos laborales entre las dependencias del gobierno federal y del Distrito Federal y sus trabajadores y sindicatos. Tiene la obligación de impartir justicia de manera imparcial, expedita y gratuita. Su legislación laboral es relativamente nueva y tiene un origen diverso a la que rige a los demás trabajadores.
Al respecto, fuentes judiciales detallaron que desde el 19 de enero de 2019, se han hecho doce requerimientos y no ha dado cumplimiento al laudo, lo cual amerita ser vinculada a proceso en materia penal por desacato y dilación al proceso administrativo requerido por los magistrados Jorge Arturo Flores Ochoa, representante del gobierno federal; por Fernando Ignacio Tovar y de Teresa, presidente de la Sala; y por José Manuel Pozos Valdivia, representante de los trabajadores.
La licenciada Ana Luisa Trejo Torres, en audiencia de fecha seis de septiembre de 2023, manifestó que no ha dado cumplimiento al laudo por parte de Clara Brugada, en la cual se solicitó se haga efectivo el apercibimiento decretado en el acuerdo plenario de fecha 18 de mayo de 2023, toda vez que desde el 23 de abril de 2018, no se ha demostrado que se hagan ningún trámite administrativo para dar cumplimiento a sentencia para el pago de las prestaciones de ley requeridas.
“Solicito —refirió— se vincule a proceso a la titular de la demarcación ya que desde 19 de febrero de 2019 a la fecha, se les ha estado requiriendo para dar el cumplimiento de laudo que nos ocupa sin que a la fecha se tenga respuesta”.
Si bien se interpreta que la actitud de Clara Brugada está actuando como auténtica agente kakistocrática, al negarse a dar cumplimiento a la sentencia decretada dejando en el vacío judicial a diversos Trabajadores al Servicio del Estado, es evidente la existencia de su desinterés para el acatamiento decretado por autoridades federales.
Al menos es una docena de requerimientos equivalente a 10 años de arduo trabajo litigioso, evidenciando la carencia de poder de la autoridad superior para sancionar a los titulares de las dependencias, obligarlos a pagar a los trabajadores lo que por derecho corresponde o en su defecto existe colusión para evitar las obligaciones de la Ley Federal del Trabajador al Servicio del Estado y la Organización Mundial del Trabajo.
Políticamente no debe haber colusión alguna cuando la señora Brugrada, en apariencia, soslaya una instrucción del presidente Andrés Manuel López Obrador, para dar prioridad a las elecciones-2024, de no embargar cuentas y bienes, la nula vinculación a proceso en materia penal a su gente de confianza o ejercer acción penal contra las omisas autoridades jurídicas de la Alcaldía en Iztapalapa.
“Pues creo que sí —comentó el trabajador agraviado— ya que para evadir su responsabilidad, a Clara Brugada se debe promover un juicio de procedencia para removerla del cargo de Alcaldesa en Iztapalapa por parte del Congreso de la Ciudad de México, ya que viene actuando impunemente con un plan de revanchismo en contra de los trabajadores en referencia, al vincularse con la precandidata presidencial Claudia Sheinbaum, según en apoyo proselitista electoral, para dejar sin efecto el mandamiento judicial que obra en su contra”.
“Así es como actúan los impunes de MORENA, el cual no es ni partido político digno que beneficie tanto a los trabajadores como a la sociedad en general, sino un movimiento de delincuentes ponzoñosos que asaltaron el poder democrático de todo el país”, acusó.
Y peor aún, Clara Brugada dio a conocer que presentará su licencia para separarse de su cargo ante el Congreso de la Ciudad de México, para competir por la candidatura de MORENA a la jefatura de Gobierno de la CDMX, que de cristalizar su sueño, la capital de la República caería en el marasmo de la anarquía con una delincuencia orgánica con toga y birrete.
Reportero Free Lance *
Premio México de Periodismo Ricardo Flores Magón-2021
filtrodedatospoliticos@gamail.com
domingo, 9 de julio de 2023
¡Se hizo justicia a la familia Ponce!
“¡Se Hizo Justicia en el Poder Judicial de la Ciudad
de México!”: Familia González Ponce
***
Condena a pagar a los deudos la cantidad de 17 millones de pesos a estirpe
***
Se acreditaron los elementos de la Acción de Responsabilidad Civil Objetiva y
el daño moral
Ciudad
de México. - La Cuarta Sala Civil del Tribunal de la Ciudad de México dictó
sentencia favorable a la estirpe de María Inés Ponce Gómez, quien falleció a
consecuencia de atropellamiento por parte de uno de los conductores de la
empresa con denominación Autobuses México-Toluca Zinacantepec y Ramales S.A. de
C.V., en la cual se acreditó los elementos de la Acción de Responsabilidad Civil
Objetiva y el daño moral, así como los intereses moratorios.
Los
hechos se suscitaron el día 28 de agosto de 2017 cuando María Inés Ponce,
caminaba por calle de la alcaldía Álvaro Obregón, cuando el conductor Carlos “N”
la atropello ocasionándole severas lesiones y con posterioridad la muerte, ello
derivado por accidente de transporte vehicular que tuvo lugar en la Alcaldía Álvaro
Obregón, colonia José María Pino Suarez en la esquina de calle Postes y
paralela siete.
El
día 05 de julio de 2023, la Cuarta Sala Civil del Tribunal de la Ciudad de
México, en Toca 940/2019, revoco la sentencia de primera instancia quien trató
en tema de fondo como uso de un mecanismo peligroso, del vehículo automotor con
placas 330-HU, con número económico de la empresa Autobuses México- Toluca
Zinacantepec y Ranales S.A. de C.V.
Cabe
hacer mención que dicha empresa pertenece a los magnates hermanos Alcántara de
Grupo Atlacomulco a quienes condenó a pagar más de 17 millones por Responsabilidad
Civil Objetiva y el daño moral, así como los intereses moratorios.
Al
respecto abogados de los deudos informaron que esta empresa amucho antes de
iniciar la contienda se mostró inhumana, irresponsable y con falta de dignidad
hacia los seres humanos ya que se negaron a restituir el daño causado a pesar
de la magnitud económica que tienen en inversiones de transporte público en
todo México; así como, en Aviación.
No
resta más que decir que esta situación fue por falta de pericia de sus
conductores, que en un instante cambian la vida de toda una familia.
Por
último, es relevante destacar que se tiene la confianza de los Tribunales Colegiados
de Circuito del Primer Circuito Ciudad de México en que ampara y protege a la
familia González Ponce, pues el deceso de su señora madres fue una gran pérdida
que no subsana ni con todo el dinero del mundo.
sábado, 10 de diciembre de 2022
Pena Ajena en Altos Tribunales
Me Condena por Proteger a mi Hija:
Rubén "V"
** Por salvaguardar la Integridad de mi Menor Hija de la Garras de Violencia fue Primordial, confiesa padre afligido, quien será condenado; pero, finca plena confianza en que la SCJN atraerá el juicio
** No hay delito de retención de menor agravado cuando se trata de los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Carta Federal y Tratados internacionales
** Mi acto no fue por mi arbitrio los cuidados de la menor, sino por orden de la autoridad judicial competente
Inconcebible que la Séptima Sala en materia Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y el Novena Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito de la Ciudad de México con amparo directo número 105/2022, hayan dejado en estado de indefensión a una menor de siete años de edad al condenar a su progenitor por el delito de retención de menor agravado; sin embargo, esto fue por impedir que mi hija de cuatro años de edad continuara viviendo bajo violencia familiar y abuso sexual, con su abuela materna.
Ante esta situación se presentó un recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado de Circuito en materia penal para que el expediente se turne a la Suprema Corte de Justicia de la Nación donde se tiene plena confianza que atraerá el asunto, ya que se trata de un asunto consagrado en el artículo 4º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el numeral 416 TER del Código Civil para la Ciudad de México, y sobre todo, sustentado en el artículo 82 inciso h) de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos.
Es importante mencionar que ya había una sentencia absolutoria de primera instancia que al agraviado le fue favorable, en fecha 24 de noviembre de 2021, emitida por la honorable jurisconsulta Jueza Quinto de enjuiciamiento del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA) en la Ciudad de México, por el delito de retención de menor agravado contra su menor hija como víctima.
En el proceso fue considerada la actualización de la Causa de Justificación del Delito Prevista en el artículo 29 párrafo B, fracción segunda del Código Penal para la Ciudad de México, y 405 fracción segunda del Código Nacional de Procedimientos Penales, de igual forma relativo al estado de necesidad justificante.
El primer artículo mencionado estipula que (Causas de exclusión), el delito se excluye cuando concurra una causa de atipicidad, causas de justificación o causas de inculpabilidad;
En su inciso B.- Habrá causas de justificación, cuando: en su párrafo II.- (Estado de Necesidad Justificante).- El agente obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el sujeto, lesionando otro bien de menor valor que el salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo.
La Séptima Sala y el Noveno Tribunal Colegiado, ambas en materia penal de la Ciudad de México, en ningún momento tomaron en consideración lo anterior y mucho menos los elementos de prueba que son suficientes como la audiencia especial de 27 de abril de 2021 llevada por el honorable juez 24 familiar del Tribunal Superior de Justicia de esta ciudad en el expediente 126/2019, donde ordenó que el suscrito tuviera bajo sus cuidados a su menor hija, las convivencias serían hasta que se tuviera resultados de los estudios psicológicos de la abuela de la menor, esto quiere decir, que no fue por su arbitrio los cuidados de la menor, sino que fue por orden de la autoridad judicial competente.
Otros de los elementos fueron las fotografías presentadas ante el ministerio público, (de la menor), con hematomas en el cuerpo, la entrevista de la niña (que no es su deseo estar con su pariente), el estudio del sistema de apoyo denominado “Bosty” (abuso sexual) y la pericial privada psicológica de daños.
Por tal, es insólito que los altos tribunales condenen a una persona sin leer el expediente y analizar, cuán lo único que se ha hecho es proteger a la niña.
Sin embargo, Rubén “V” considera que el Juez 24 de lo familiar y la Jueza Quinto de Enjuiciamiento del Sistema Procesal Penal Acusatorio (SPPA), sí estudiaron y analizaron minuciosamente el juicio y vieron el peligro que corría su menor hija.
“Considero que la sentencia en mi contra fue para limitarme a denunciar abiertamente estas arbitrariedades de la Séptima Sala y del Noveno Tribunal Colegido de Circuito, pues con antecedentes penales creen que mi vida se revaloraría; pero, es al contrario ya que no voy a dejar en estado de indefensión a mi hija”, dijo finalmente Rubén “V”.
viernes, 8 de julio de 2022
Ministerio Público arbitrario y le sigue 7a Sala Penal del PJ CDMX
Víctima Victimizado por Autoridades Méxicana
BLAS A. BUENDÍA *