lunes, 30 de septiembre de 2019

Entabla denuncia!!!

Tiene conocimiento al PGJ y el TSJ de la CDMX

Nuevo Ataque al
Altruista Promotor Cultural Universal
Juan Carlos Martínez

*** El despojo de sus bienes en la colonia Lindavista, Guasto A. Madero.
*** Falsifican documentos oficiales.
*** Sólo pide la devolución de los bienes.

Hace seis años que fue desposeído por varias personas, quienes se aprovecharon de la ausencia del periodista y su familia en el domicilio ubicado en calle de Matagalpa, en la alcaldía Gustavo A. Madero ciudad de México, en la cambiaron las chapas para que nadie pudiera entrar.
Al respecto el periodista cultural especializado en bellas artes, -manifestó- que “el calvario” sigue sin cesar, pues desde que se dedica a escribir y ha denunciado diversas anomalías de nuestro gran entono, ha sufrido diversos ataques contra él y su familiar.
“No es la primera vez que me despojan, en el año 2014 también en donde le robaron obras de arte y la biblioteca personal de más de mil libros entre ellos los obsequiados por Octavio Paz, Leonora Carrington, una de las figuras más importantes de arte surrealista universal surrealista, Carlo Monsiváis, escritor mexicano, Carlos Montemayor, Carlos Fuentes, por mencionar algunos.
Ahora tocó el turno ventilar –dijo- el abuso personas sin escrúpulos quienes falsificaron documentos oficiales, indujeron testigos a falsear declaraciones ante Notarios Público y el propio Tribunal Superior de Justicia (TSJ-CDMX), estos elementos de prueba con los cuales tiene plena confianza que las autoridades le darán la razón.
“Estoy agradecido con los medios de comunicación y compañeros periodistas, que están atentos a los acontecimientos que sin ayuda la investigar con todo lo relacionado con estos hechos delictuosos no podría continuar.
Es importante mencionar -dijo- que los documentos falsos que presentan estar persona es un delito grave que corresponde a Fiscalía General de la República investigar.
Al respecto el ganador del premios sui generis José Vasconcelos otorgado por el Seminario de Cultura de la Secretaría de Educación Pública (SC- SEP) señaló que tiene plena convicción que la  Procuraduría General de Justicia de la (PGJ) en la carpeta de investigación número CI-FCH/CUH-8/UI-2 S/D/01730/05-2019 517/2019, y en el Juzgado Segundo de los Civil TSJ-CDMX en el expediente número 517/2019, devuelvan los bienes
Argumento que la denuncia en materia penal, civil y familiar están en tiempo y me negué hacerlo en su momento por la falta de confianza que tenía el pasado régimen de gobierno.
El recién reconocido editor cultural por el Senado de la República y la Asociación Civil Comunicadores por la Unidad que alberga a más de 200 reporteros, editores y escritores, solicitó la entrega de los bienes de manera pacífica y la brevedad, tal como lo ha estipulado el Andrés Manuel López Obrador, presidente de la República.
INCIFO, PRIMERA INSTITUCIÓN
ACREDITADA EN
ANTROPOLOGÍA FORENSE EN MÉXICO

·                     El presidente del Poder Judicial de la CDMX, Rafael Guerra Álvarez, recibió la acreditación en dos disciplinas por parte de la EMA

·                     El Instituto de Ciencias Forenses logró la actualización en la norma mexicana  encargada de vigilar las competencias de los laboratorios de prueba y calibración

BLAS A. BUENDÍA
Reportero Free Lance

JUAN CARLOS MARTINEZ
Editor El Corredor Informativo
jeancarleon@hotmail.com

El Instituto de Ciencias Forenses (INCIFO) del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX) es la primera institución en el país avalada por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) en la disciplina de Antropología Forense.
Junto con esta acreditación, la EMA entregó también la correspondiente a Genética Forense y anunció que el Instituto logró la actualización en la norma mexicana 17025 en su versión 2018, misma que es equivalente a la norma ISO IEC 1725:2017, la cual integra los Requisitos generales para la competencias de los laboratorios de prueba y calibración.
Este tipo de credenciales fortalecen la confiabilidad de la información emitida por el INCIFO, pues se garantiza la supervisión del proceso para la obtención, manejo y resguardo de cada indicio; certifica que se cuente con equipos calibrados, personal capacitado; así como el control en los registros al confirmar que los indicios no sufrieron daños, alteraciones o cambios desde su recepción hasta la emisión de resultados.
Es importante destacar que, desde 2016, el INCIFO cuenta con las acreditaciones en las disciplinas de Toxicología y Odontología forenses, así como en la práctica de necropsia. Además, se cuenta con personal registrado y calificado en el Padrón Nacional de Evaluadores.
La entrega de acreditaciones de parte de la directora Ejecutiva de la EMA, María Isabel López, se realizó en el marco de la inauguración del Décimo Congreso Internacional de Ciencias Forenses, y fue el presidente del PJCDMX, magistrado Rafael Guerra Álvarez quien las recibió.
Con las acciones para mantenerse a la vanguardia y someterse a una evaluación constante, el Poder Judicial de la Ciudad de México refrenda su compromiso por ofrecer un servicio de calidad en cada una de las áreas que lo conforman.

lunes, 23 de septiembre de 2019

 
PRESERVAR EL 
ESTADO DE DERECHO

·                    Recurso Judicial efectivo
·                    La impartición de justicia, pilar fundamental del estado de Derecho

BLAS A. BUENDÍA
Reportero Free Lance

JUAN CARLOS MARTINEZ 
Editor El Corredor Informativo
jeancarleon@hotmail.com

La importancia de la labor del poder judicial es la de aplicar y hacer respetar las leyes, tanto por los individuos como por las autoridades, a fin de mantener la armonía y el orden social necesario para la comunidad y preserva el Estado de Derecho.
Los anteriores conceptos fueron vertidos por el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, quien al hacer un importante análisis denominado Así es el Derecho, destacó, por lo anterior, es el de acceder a la labor judicial que forma parte de la impartición de justicia.
La impartición de justicia, precisó, es un derecho humano de todos los ciudadanos en México, pues nuestra Ley Suprema claramente establece que ninguna persona puede hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar sus derechos.
Y abundó: Por lo tanto, cuenta con el derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán prontos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta completa, imparcial y gratuita.
La resolución de conflictos mediante la labor jurisdiccional, tiene gran trascendencia en la vida en comunidad, es por ello que el Poder Judicial y sus integrantes se rigen por los principios de legalidad, honradez, accesibilidad, transparencia, máxima publicidad y rendición de cuentas, debiendo privilegiar la solución de conflictos sobre los formalismos, siempre y cuando no se afecten la igualdad entre las partes, el debido proceso ni algún otro derecho.
Hay que considerar que, al dirimir un conflicto, no todas las partes interesadas pueden tener la razón, y es por esto que las personas que en primera instancia no obtienen resolución favorable, tienen el derecho a que la misma sea revisada por otro juzgador, a efecto de tener certeza de que no se ha cometido ninguna violación legal o constitucional.
En este contexto, todo ciudadano cuenta con el derecho humano a un recurso judicial efectivo, a un medio de defensa que puede conducir a un análisis por parte de tribunal competente para determinar si ha habido o no violación a los derechos humanos o de la ley y, en su caso, proporcionar su reparación.
Este derecho se desprende del artículo 25 de la Convención Americana Sobre los Derechos Humanos, el cual establece que toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la misma Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas en ejercicio de funciones oficiales.
En el sistema jurídico mexicano, para impugnar la inconstitucionalidad, o incluso la inconvencionalidad de una disposición de observancia general o bien de resolución judicial, el recurso efectivo es el Juicio de Amparo, ya que permite al órgano jurisdiccional de amparo emprender un análisis para establecer si ha habido o no una violación a los derechos humanos del promovente y, en su caso, puede proporcionar una reparación.
A nivel local, en el ámbito de la labor jurisdiccional se cuentan con recursos como la apelación y la queja, los cuales son de la competencia de “salas”, integradas por tres magistrados, y su finalidad es la de confirmar, modificar o revocar la resolución impugnada, y de ello depende la legalidad de la misma.
Por esto pueden ser considerados como Recursos efectivos y una herramienta más para que el ciudadano reclame el respeto a sus derechos humanos, sobre todo los relacionados con la seguridad jurídica y el acceso a la justicia efectiva.
Tanto el sometimiento a un juicio como el derecho al Recurso efectivo son muestra clara de la importancia que tiene la impartición de justicia como pilar fundamental del estado de Derecho, por lo que se debe recordar que miles de mexicanos desde que se iniciaron en las universidades, siempre han soñado con ser parte del Poder Judicial para con esfuerzo, entrega y honradez, desempeñar esta labor que requiere horas de estudio, dedicación y sacrificio.
Si bien la falla pública de alguno de los magistrados suele repercutir en la concepción que la comunidad tiene de la impartición de justicia, es necesario no perder de vista que el Poder Judicial es indispensable para la defensa de los derechos humanos, el respeto a la legalidad y la resolución pacífica de los conflictos, concluyó el magistrado Élfego Bautista Pardo, titular de la Quinta Sala Civil, Ponencia 3, del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

viernes, 20 de septiembre de 2019


EL MAYOR COMPROMISO DE UN HOMBRE DE LEYES ES Y SERÁ SIEMPRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS: MAG. ÉLFEGO BAUTISTA PARDO

El paquete económico y algo más

BLAS A. BUENDÍA
Reportero Free Lance
filtrodedatospoliticos@gmail.com 

JUAN CARLOS MARTÍNEZ
Editor El Corredor Informátivo
jeancarleon@hotmail.com

Inspirado en el perfeccionamiento de la ética juarista y destacar que “el mayor compromiso de un hombre de leyes es y será siempre el cumplimiento de las mismas”, el Magistrado civilista Élfego Bautista Pardo hizo una serie de señalamientos referente al Presupuesto de Egresos, la Ley de Ingresos, la Miscelánea Fiscal y los Criterios Generales de Política Económica.
Refirió que el domingo ocho de septiembre, el secretario de Hacienda presentó ante el Congreso de la Unión el paquete económico para el año 2020, con lo cual inicia el proceso legislativo en materia presupuestaria, en el que intervienen el poder Ejecutivo y el Legislativo; en palabras llanas, contiene la forma en que el Estado captará y aplicará recursos el año entrante.
En el marco del análisis político-judicial Así es el Derecho, el jurista oriundo del estado de Hidalgo, destacó que el paquete económico contiene el Presupuesto de Egresos, la Ley de Ingresos, la Miscelánea Fiscal y los Criterios Generales de Política Económica, en concreto el presupuesto se refiere a los gastos que pretende realizar el Estado; la Ley de Ingresos como su nombre lo indica: a la fuente de sus recursos; la Miscelánea Fiscal: a las reformas legales necesarias en materia fiscal; y los Criterios de Política Económica son las directrices que asumirá respecto a los principales indicadores macroeconómicos, como son el PIB, el precio del petróleo, el tipo de cambio y la tasa de interés.
Los documentos que conforman el paquete económico presentado el pasado domingo por el Secretario de Hacienda Arturo Herrera Gutiérrez, fueron elaborados bajo los principios de austeridad republicana y disciplina fiscal, y bajo los criterios de transparencia, eficiencia y eficacia.
A través de la iniciativa de Ley de Ingresos se busca fortalecer los ingresos públicos con acciones que simplifiquen el marco tributario y garanticen el cumplimiento en el pago de los impuestos existentes, buscando cerrar espacios de evasión y elusión fiscal, lo anterior con la finalidad de dotar de mayor equidad al sistema impositivo y asegurar que cada contribuyente participe con la carga fiscal que le corresponde.
Por su parte en el Presupuesto de Egresos presentado el domingo 8 de septiembre, se da prioridad a los programas sociales que permitan reducir las desigualdades económicas, sociales y regionales, así como a los proyectos de inversión que tienen mayor incidencia en los determinantes del crecimiento de la economía.
En lo tocante a la Miscelánea Fiscal, se presentaron iniciativas para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, y del Código Fiscal de la Federación.
La aprobación, aplicación y correcto funcionamiento de las disposiciones que integran el paquete económico son indispensables para que el gobierno actual alcance los objetivos que se ha trazado, y ese éxito al igual que la actual administración lo deseamos los ciudadanos que queremos un país con Paz y seguridad.
Sin embargo, hay un tema que llama mi atención, a los que día a día impartimos justicia, en la iniciativa de reforma de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se hace una propuesta en el artículo 118 que en los juicios de arrendamiento inmobiliario en los que se condene al arrendatario al pago de las rentas vencidas, la autoridad judicial requerirá al arrendador a fin de que compruebe haber emitido los comprobantes fiscales correspondientes, y que en caso de no exhibirlos se informe al Servicio de Administración Tributaria la omisión.
Iniciativa que puede modificar la forma actual del arrendamiento de inmuebles, que es tan común ante la carencia de bienes de un gran número de la población, pues el arrendador ante dicha ley puede decidir dejar de rentar, o bien, subir el precio de la renta a fin de asegurar de alguna manera no estar en desventaja en la relación.
Así, puede darse el caso de que el arrendador deje de demandar las rentas que se le adeudan, ya que de ganar el juicio puede ser expuesto por el mismo juzgador ante las autoridades tributarias, inclinándose la balanza hacia el arrendatario deudor en estos conflictos.
Si bien es cierto, todos tenemos la obligación de contribuir de alguna manera al gasto público, debemos encontrar mecanismos para lograr que nadie evada su responsabilidad, buscando siempre garantizar los derechos humanos como lo son la impartición de justicia imparcial, pronta y expedita, así como el derecho a la propiedad que está involucrada en los juicios de arrendamiento.
Será interesante estar al tanto de la discusión que se realice sobre el tema, haciendo énfasis en que el mayor compromiso de un hombre de leyes es y será siempre el cumplimiento de las mismas, puntualizó el Magistrado Élfego Bautista Pardo, titular de la Quinta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.